lunes, 18 de mayo de 2009

MUJERES


La crisis del Estado de Bienestar y la restricción de responsabilidades de los gobiernos, coincide paradójicamente con el surgimiento político del movimiento internacional de mujeres a partir del Primer Foro de Naciones Unidas. Efectivamente, en el mismo año, 1975, tiene lugar en Méjico el primer Foro de la Mujer, de donde surgen propósitos y programas para la llamada “Década de la Mujer”, que produjo el efecto de articular el movimiento de mujeres como un colectivo social de demanda en su acceso a la ciudadanía plena.

La década del 70 fue en América Latina la extensión de cruentas y largas dictaduras. Esto representó un desafío para los modelos de desarrollo que requerían otras estructuras políticas. La salida de las dictaduras en Latinoamérica, le da al concepto de gobernabilidad la impronta de hacer sostenibles y estables las democracias y recuperar la participación ciudadana.

A fines de los 80 y con la extensión de la globalización, nuevos desafíos amenazaron el concepto de gobernabilidad y nuevas restricciones dificultaron su condición de gobernabilidad democrática desde una perspectiva de género. A la globalización económica no la acompañó una globalización política, al modo de un consenso internacional que asegurara una “ciudadanía global” basada en los derechos humanos, la responsabilidad de los Estados y la cooperación de los gobiernos para hacer más equitativo el acceso a su ejercicio. Esto habría significado para las mujeres un gran avance, ya que en la expansión de la concepción neoliberal se hicieron más notorias las desigualdades iniciales entre varones y mujeres.

Según Eric Hobsbawn, el nuevo milenio presentó una oposición entre globalidad económica y división política. Esto significó que incluso la economía sea profundamente desigual, ya que no hay compromisos para el desarrollo geopolítico equitativo, ni para la reducción de la pobreza que afecta principalmente a las mujeres.

Con el tiempo, comenzó a reconocerse que la gobernabilidad depende también de redes de actores con capacidad y canales de gestión. Las mujeres, a través de organizaciones no gubernamentales, redes de mujeres políticas, centros de estudios académicos, comenzaron a mejorar sus herramientas de inclusión en las instituciones y su capacidad de incidencia en las decisiones.

Los derechos pueden ser violados por acción u omisión, siendo éste último el modo más frecuente cuando se trata de los derechos de las mujeres. Los derechos civiles y políticos suelen violarse por acción del Estado (prohibición de expresiones políticas, censura, privación ilegal de la libertad) mientras que los económicos, sociales y culturales suelen ser violados por omisión (falta de seguridad, trabajo, vivienda, salud, educación). Cuando un sujeto social es muy vulnerable, la ausencia del Estado lo afecta de modo más grave. La pobreza es una vulnerabilidad, pero tampoco está repartida equitativamente por género, el 70% de los pobres son mujeres.

Otras vulnerabilidades son la raza, la etnia, la condición de migrante, la edad y la orientación sexual. No todos los sujetos están en la misma condición con respecto a su ciudadanía. El sujeto implícito en el discurso de los derechos humanos sigue siendo el sujeto hegemónico, oculto bajo el lenguaje universal abstracto, por lo tanto sin cuerpo, ni sexo, ni clase, ni edad ni color (porque cuando estas condiciones se mencionan es porque pertenecen a los excluidos: discapacitados, mujeres, niños, pobres, negros).

Hay una diferencia fundamental en el ejercicio de derechos (y por lo tanto de condición de ciudadanía) de varones y mujeres vinculada a la condición reproductiva de las mujeres. En el caso de la salud sexual y reproductiva de la mujeres, las diferencia entre población rural y urbana en América Latina, se revelan en las absolutamente desproporcionadas cifras de muerte materna (lo que añade una brecha social a la brecha de género). Las diferencias entre las cifras de muerte materna en la ciudad de Buenos Aires y Formosa son extremas, lo que habla de una profunda inequidad económica y social. Hay ciudadanía para ricos y para pobres, para varones y para mujeres.

El cumplimiento del derecho a la salud, por ejemplo, requiere más que la aprobación de una ley: requiere recursos económicos, personal capacitado, infraestructuras, insumos. Se procura que haya un logro progresivo en su cumplimiento, y que se incorporen estándares de derechos para fortalecer las prácticas. La salud no debe ser considerada sólo como un servicio, es importante considerarla un derecho: la contraparte de un servicio es un/a cliente, la de un derecho es un/a ciudadano/a. Y además se debe tomar en cuenta que el incumplimiento de derechos sociales básicos (vivienda, educación, empleo) afecta a su vez el acceso a la salud.
La cultura de los derechos humanos evolucionó hacia su integridad y o sistematicidad, de modo que no haya propiedades que impliquen la desatención sistemática de un conjunto de derechos. Sin embargo, es notorio que los derechos civiles y políticos exigen sobre todo decisión política, mientras los económicos, sociales y culturales exigen inversión económica. Es a esta brecha económica que se suma una brecha de género, que hace mucho más difícil la ciudadanía de las mujeres en América Latina.

En los años 80, ya avanzada el uso de la categoría de género en los estudios teóricos sobre las mujeres, se propuso un cambio hacia el enfoque que pretendía transformar a las mujeres en actrices autónomas de su propia construcción ciudadana, permitiéndoles formar parte en las decisiones que afectaran sus proyectos de vida así como la vida social en general. Surgió así el concepto de “empoderamiento” de las mujeres, y el apoyo a las organizaciones de la sociedad civil que se propusieran estrategias de posicionamiento en lugares sociales destacados, y un mayor involucramiento en las cuestiones políticas.

A mediados de los 90, surgió la concepción de transversalidad de género. Las presiones de los movimientos de mujeres y el avance del feminismo lograron que los gobiernos definieran una nueva institucionalidad capaz de canalizar las demandas de las mujeres. En este escenario surgieron las “agencias gubernamentales de la mujer” que, en líneas generales, en los 80 tenían el objetivo de promover e implementar programas dirigidos a las mujeres y en los 90 adoptaron una clara perspectiva de género con el fin de lograr reformas parlamentarias a favor de los derechos de las mujeres y de diseñar políticas públicas que promovieran la igualdad entre varones y mujeres.

La manera de materializar este compromiso fue la creación de los Consejos de la Mujer, cuyo objetivo principal fue vigilar la equidad de género en todas las políticas públicas.

Según Diana Maffía “es muy amargo tener que señalar que nuestro Consejo Nacional de la Mujer fue retrocediendo en relevancia, desde el nivel de Presidencia al de Gabinete de Ministros, y desde allí a su actual ubicación como un programa social especial, lo cual pervierte completamente su objetivo original y lo transforma en un anacrónico modo de aplicación de políticas sociales para mujeres y familias”.
Finalmente, cabe señalar ciertas violaciones sistemáticas a los derechos humanos de las mujeres, que por lo tanto, establecen limitaciones a su ciudadanía, constituyen un desafío global tanto por su extensión, como por la vulnerabilidad de la mera condición de mujeres, así como por el carácter trasnacional del ejercicio de esas violaciones. Para el logro de una gobernabilidad democrática, es necesaria la resolución de la violencia, los femicidios, y el tráfico y la trata.

La violencia contra las mujeres, por su extensión y magnitud, por afectar a mujeres de todos los estratos sociales, y por permanecer todavía oculta detrás de naturalizaciones ancestrales, es un problema de crucial importancia que afecta además el desarrollo humano y económico.

El concepto femicidio fue usado por primera vez por Diana Russel y Jull Radford, autoras del libro “Femicide: the politics of woman killing”, para referirse al asesinato de mujeres por razones asociadas a su género. Describen dos formas de femicidio, el íntimo y el no íntimo. El primero refiere a aquellos asesinatos cometidos por hombres con quien la víctima tenía una relación cercana, familiar, de convivencia; mientras que el último término hace alusión al asesinato cometido por hombres con quienes la víctima no tenía relaciones íntimas, familiares o de convivencia, frecuentemente este femicidio involucra un ataque sexual previo.

El femicidio es útil, porque indica el carácter social y generalizador de la violencia basada en la inequidad del género y aleja los planteamientos que tienden a culpar a las víctimas y a representarlos a los agresores como “locos”, “fuera de control” o a concebir estas muertes como crímenes pasionales. Cabe señalar, que este concepto denota el asesinato de seres humanos por el sólo hecho de ser mujeres, es una forma extrema de violencia basada en la inequidad de género, entendida ésta como la violencia ejercida por los hombres hacia las mujeres en su deseo de obtener poder, dominación o control.

A su vez, es preciso marcar que, la pobreza y desigualdad creciente entre naciones, y especialmente la feminización e infantilización de la pobreza, generan migraciones en busca de mejores condiciones de vida y trabajo. Pero las restricciones puestas a las migraciones han abierto un negocio ilegal de tráfico de personas. Los traficantes muchas veces recurren a engaños o incluso a la fuerza para transformar a las personas en mercancías con fines de explotación, prostitución o trabajo esclavo.
En redes mafiosas cuentan muchas veces con la complicidad de los poderes y fuerzas de seguridad para encubrir sus crímenes. El movimiento de mujeres insiste desde hace décadas con la necesidad de generar herramientas legales y compromisos internacionales para evitar esta forma de violación a los derechos humanos. En la última década, comienza a haber más sensibilidad pública pero incluso en regiones desarrolladas las herramientas distan de ser eficaces.

En el año 2000, se sancionó el Protocolo de Palermo para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, que define: “Por trata de personas se entenderá la capacitación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.

La mayor parte de las víctimas de la trata son mujeres, y el principal motivo son los fines de explotación de la prostitución. Este delito es un crimen transnacional de más crecimiento entre los que mueven más dinero a nivel mundial y tiene menores penas que el tráfico de armas y el tráfico de drogas.

Para finalizar, cabe decir que, en la era de la globalización del capital, de la información y la tecnología, el tráfico organizado opera como una industria transnacional que sobrepasa las fronteras nacionales. La inequidad de género, sumada a la desjerarquización de los organismos de promoción y defensa de los derechos de las mujeres incluso a nivel internacional, conspiran contra la capacidad para enfrentar estos delitos que amenazan la gobernabilidad democrática a nivel nacional y trasnacional.

Leandro Mata
(Enero 2009)

No hay comentarios:

Publicar un comentario